A continuación, te explicamos al detalle la importancia de ser deudor de buena fe para poder cancelar tus deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad.

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¿Qué significa ser deudor de buena en la Ley de la Segunda Oportunidad? ¿Cualquier persona que debe dinero a otra persona puede cancelar sus deudas sin pagar? Si eso fuera así, el sistema bancario se quebraría por completo en muy poco tiempo. A nadie le regalan dinero nunca.

Ser deudor de buena fe se debe cumplir unos requisitos tasados por la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Cómo es ser deudor de buena fe?

  • Estar en situación de insolvencia. Esto significa que de verdad no puedes pagar las deudas y que es imposible para ti. Pagando esas deudas no puedes tener subsistencia digna, es decir, no puedes pagar el piso, no puedes comprar tu comida ni para la de tus hijos y tampoco puedes pagar el colegio de tus hijos.

Estás en una situación de sobreendeudamiento y no puedes salir de esta. Pagando tus deudas, es la solución típica de cualquier relación contractual entre acreedor y deudor.

Los bancos te hacen prestar dinero a cambio de unos de unas comisiones de unos altos intereses y luego no puedes hacer frente a esas deudas. Después el juez analiza si puedes pagar esas deudas o no.

Si cometiste muchos errores y no hay forma de salida. O que cogiste muchas deudas y simplemente no puedes pagar.

  • No debes haber estado condenado por sentencia firme por delitos contra el patrimonio. Mucho cuidado con este delito porque es muy habitual que muchas personas cometen este tipo de delito.
  • Tampoco puede estar condenando contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsificación de documentos, contra la Hacienda Pública y seguridad social, y contra los derechos de los trabajadores durante 10 años anteriores.

Tenemos un caso en la oficina en la persona nos indica que no tiene condena y que ya tiene la sentencia, y nos muestra también su certificado de antecedentes penales.

Muchos de esos delitos son fáciles cumplir la condena y bastante rápido puedes cancelar los antecedentes penales. Aun así, te van a analizar durante los 10 últimos años, aunque en tu certificado no consta.

Los jueces tienen acceso al registro central de penados y rebeldes y pueden imprimir tu historial. Aunque no aparezca tus delitos en tu certificado, a los magistrados y los jueces le van a parecer que tú ha sido condenado por tal delito.

De hecho, les aparecerá en letras mayúsculas, “CANCELADO”. No obstante, sí fuiste condenado diez años anteriores a la fecha de solicitud, no van a reconocer el beneficio de exoneración de pasivo insatisfecho.

Y lo más triste es que, en cuanto hagas todo el proceso que tarda unos 2 años, cuando termine el concurso consecutivo, el juez puede descubrir que finalmente tuviste una condena y entonces no cumples con los requisitos.

  • No alcanzaste un acuerdo extrajudicial con tus acreedores. O obtuviste homologación judicial de este acuerdo de regeneración durante 5 últimos años. Es decir, que no estas negociando un acuerdo firme.

¿Se puede incluir todas las deudas?

Tienes que entender una cosa sobre la Ley de la Segunda Oportunidad. Y es que no incluye varias cosas. No están incluidas las deudas en las entidades públicas, en Hacienda y en seguridad social, el IBI, multas de coche, todo esto no están incluido.

En el futuro podrían aprobar esta reforma de ley concursal

Ahora, en el proceso hay una reforma de ley concursal donde el legislador en un borrador indicó que admitirán exoneración de esta deuda por un importe muy reducido. Quizás aprueben esta normativa.

Por un importe de mil euros te pueden perdonar según el borrador, mil euros con seguridad social y otros mil euros con hacienda pública.

Deudas en entidades públicas

Pero hoy en día no hay perdón con las deudas públicas. De hecho, existe un criterio que tienes que pedir aplazamiento de estas deudas. No están incluidas las deudas derivadas de garantía de unos derechos reales. Por ejemplo, la deuda por la hipoteca no la puedes incluir en la Ley de la Segunda Oportunidad.

De hecho, en teoría, si tienes unos bienes inmuebles libres de ganancias reales, tienes que poner a disposición del Juzgado para que liquide estos bienes, pagan tus deudas, y si no puedes pagar todas las deudas entonces puedes pedir beneficios de exoneración de pasivo insatisfecho.

Ten en cuenta esto si tienes una vivienda e hipoteca

Pero también debes tener en cuenta eso, si el importe de la hipoteca es superior al precio de tu vivienda en el mercado, en este caso no van a subastarlo. Porque derecho preferente de cobro tiene el banco que te consiguió esta hipoteca. Entonces, puedes quedarte con tu vivienda y con tu hipoteca.

Pero el resto de las deudas, puedes pedir beneficio de exoneración de pasivo insatisfecho cumpliendo todos los requisitos que hemos mencionado anteriormente.

Contrata a expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad

Si te ha parecido todo muy complejo, puedes contactar con nosotros. Te atenderemos y te explicaremos todo. Y si quieres que iniciemos el proceso, envíanos toda la documentación necesaria.

Analizaremos tu caso. Y en cuanto aceptemos tu caso en defensa de tus intereses, lo que haremos nosotros es Iniciar el proceso de cancelación de tus deudas, que no es un proceso tan rápido y fácil como parece.

Contrata nuestro servicio. Nosotros cobramos solamente 95€ al mes durante 2 años. Es un importe que puedes pagar comparado a los demás abogados.

Iniciamos tu proceso y según normativa concursal, y en cuanto iniciemos el proceso tus acreedores y cobradores tiene que dejarte in paz, que no siempre cumplen con esto, pero legalmente tiene que paralizar cualquier acción sea judicial o extrajudicial dirigida al cobro de esta deuda.

Es decir, iniciamos proceso y a partir de allí ya no tienen que llamarte ni acusarte para cobrar tus deudas. Al iniciar este proceso ya puedes iniciar tu vida mucho más tranquilo. ¿Quieres iniciar tu segunda vida o quieres seguir con el calvario de siempre? Toma una decisión.